Recibí hace de dos años y medio unas ayudas por viviienda. Se indica en una clausula que si antes de diez años hay transmision inter vivos (entiendo que venta o alquiler) además de devolver las ayudas tendría que abonar los intereses generados en ese tiempo.
Y la pregunta es, ¿qué criterio se usa para medir esos intereses?¿ de que porcentaje se trataria?
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