Buenos dias,
Estoy en trámites de subrogar mi hipoteca de uno-e a ibanesto. El día 4 se le entregó a uno-e mi oferta vinculante firmada y a fecha de ayer, día 16, no había dado señales de vida para nada.
La duda me ha surgido cuando mi tutora de ibanesto me ha dicho que uno-e, aun sin haber entregado a ibanesto el certificado de deuda pendiente dentro del plazo de 7 dias naturales, podría enervar la subrogación todavía porque no habían pasado 15 dias.
La ley creo que es muy clara al respecto:
"La aceptación de la oferta por el deudor implicará su autorización para que la oferente notifique, por conducto notarial, a la entidad acreedora, su disposición a subrogarse, y le requiera para que le entregue, en el plazo máximo de siete días naturales, certificación del importe del débito del deudor por el préstamo o préstamos hipotecarios en que se haya de subrogar.
Entregada la certificación, la entidad acreedora tendrá derecho a enervar la subrogación si, en el plazo de quince días naturales, a contar desde la notificación del requerimiento y en respuesta al mismo, comparece ante el mismo Notario que le haya efectuado la notificación a que se refiere el párrafo...
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