Les envio un saludo estimados foreros. Tengo un hijo de 45 años que tiene reconocida una minusvalia psiquica igual al 65 %. Hace ya unos 7 años le abrimos un plan de pensiones. Mis preguntas son las siguientes:
1- Si su madre o el que suscribe fallecieramos, mi hijo podría disponer de ese capital desde ya para ir viviendo al no tener ningún tipo de trabajo, ni recursos?.
2- Si se comienza a cobrar se le practicará retención fiscal? Y en qué porcentaje?.
3- Si una vez que se inicia el cobro mes a mes, y fallecciera el beneficiario, qué ocurriría con las cantidades que todavía quedaran en el plan?. Estas pasarían a cobrarlas los tutores legales del minusválido?.
Gracias por su atención.
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